
La proximidad del día 25 de noviembre, declarado por la Asamblea General de Naciones Unidas Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres, nos enfrenta una vez más con la realidad del número de fallecidas por esta causa (66 en lo que va de año) y con la necesidad de dar con medidas eficaces para prevenir la violencia y proteger a las mujeres que la sufren.
A pesar de que el número de denuncias aumenta cada año, el análisis de las circunstancias que rodeaban a las víctimas fallecidas a manos de sus parejas o ex parejas, pone de manifiesto una y otra vez que, un número muy importante de las situaciones más graves y en las que existe mayor peligro, siguen ocultas. Las mujeres que las sufren no recurren a los canales de protección previstos, no formulan denuncia y su caso sigue sin ser detectado por los servicios sociales, o por los servicios médicos, a pesar de los mecanismos desarrollados para su detección. Resulta evidente la necesidad de someter a revisión constante las medidas instauradas para que sean capaces de transmitir confianza a las víctimas y posibilitar la superación del miedo que les impide solicitar protección.
El resto de los casos, en los que el resultado mortal se ha producido a pesar de la protección solicitada por la víctima y contar, en la mayoría de ellos, con medida de alejamiento, nos ha de llevar a analizar si realmente se han arbitrado los instrumentos adecuados para que el riesgo existente sea valorado caso por caso, con rigor y atención a todas las circunstancias concurrentes, de forma que las medidas de protección sean las necesarias y proporcionales, y transmitan seguridad y apoyo suficientes para posibilitar que se mantengan las denuncias y se evite que, en muchos casos, se produzca la vuelta a la convivencia.
Los datos recogidos por el Observatorio de la Violencia Doméstica y de Género del CGPJ siguen poniendo de manifiesto que el número de casos en que la víctima desiste de la denuncia formulada sigue siendo importante. Es necesario que todos seamos conscientes de que el enfoque correcto de las causas del desistimiento de las víctimas no pasa por concluir que la retirada se debe a conductas caprichosas o denuncias falsas; este análisis desenfocado solo puede sostenerse ignorando lo difícil que ha resultar ver con claridad la forma de salir de la angustiosa y compleja situación en la que se encuentran las mujeres que son agredidas física y psicológicamente por parte de quién, además de ser o haber sido su pareja, es, en muchos casos, el padre de sus hijos, al encontrarse inmersas en un entramado de relaciones sentimentales, familiares, sociales y económicas que las hacen especialmente vulnerables a presiones del exterior y a sus propias dudas sobre la conveniencia de la decisión adoptada.
Poco podremos avanzar en la solución del problema de la violencia contra las mujeres si, en lugar de plantearnos de que manera podemos mejorar la protección y seguridad de las víctimas, nos limitamos a banalizar las explicaciones de sus comportamientos, o a centrar el análisis de los problemas derivados de su protección en temas como el de la existencia de denuncias falsas que, como ha puesto de manifiesto el Fiscal General del Estado en su Memoria del año 2006, al tratar el tema de la retirada de acusaciones: “se somete a la Ley Integral de Medidas de protección a las víctimas de violencia de género a la critica severa de que se utiliza para resolver cuestiones matrimoniales propias del Derecho de Familia, como si lo general fuera realizar acusaciones o denuncias falsas, lo que se puede afirmar de forma tajante que no es cierto, aunque aparezcan casos aislados como en cualquier otra actividad delictiva, casos que con más empeño habrá que dilucidar por el daño que se hace a las mujeres sometidas a malos tratos físicos o psicológicos que se ven subordinadas a una duda irracional e injusta”
No hay comentarios:
Publicar un comentario